NORMAS DE CONDUCTA
SE CLASIFICAN:
-NORMAS ÉTICAS: SE REFIEREN A LOS FINES DE LA ACCIÓN (AL PARA QUE).
Se clasifican en: Normas morales, normas de trato social, normas religiosas, normas jurídicas
-REGLAS TÉCNICAS: SE REFIEREN A LOS MEDIOS DE LA ACCIÓN (AL COMO.
Se clasifican en: Industriales, arquitectonicas, higiénicas, jurídicas, logicas, etc. abarcando todas las actividades que realiza el hombre.
Segregadas de la categoría de las normas, las reglas técnicas en sí mismas no pueden ser calificadas de morales o inmorales, de jurídicas o antijurídicas. Son éticamente neutras.
Aunque no conforman parte constitutiva de la ética, sin duda guardan relación con ésta. Un vínculo surge patente cuando las reglas técnicas se ponen al servicio del derecho; por ejemplo, peritajes grafológicos, pruebas químicas y balísticas, etc. También las reglas técnicas pueden ser involucradas en una norma jurídica en virtud de un contrato, sea para construir un edificio, intervenir a un paciente o patrocinar un litigio. Por el contrato, norma individualizada entre cliente y profesional, éste se "obliga" jurídicamente, vale decir, normativamente, a cumplir lo pactado, no de cualquier modo sino observando las técnicas de su profesión en grado óptimo o, a lo menos, aceptable.


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